Vender y alquilar

Vender un piso sin agencia y qué preparar

Vender por tu cuenta es posible y te ahorra la comisión. Lo que no te ahorra es el trabajo: hay una carpeta de papeles que el comprador puede exigirte antes de darte un solo euro, y conviene tenerla montada antes de publicar el anuncio.

Lo que el comprador puede pedirte

La ley estatal de vivienda reconoce a quien está interesado en comprar el derecho a requerir, antes de formalizar nada y antes de entregar cualquier cantidad a cuenta, una lista concreta de información en soporte duradero. No es una cortesía: es un derecho suyo y una obligación tuya, vendas con agencia o sin ella.

  • Quién vende: tu identificación y la de cualquier profesional que intermedie.
  • El precio total y qué conceptos incluye, más las condiciones de pago que propongas.
  • Superficie útil y construida, distinguiendo la privativa de la común. En un ático abuhardillado importa: no computa la superficie con altura inferior a la que exige la normativa.
  • Antigüedad del edificio y las reformas importantes que se le hayan hecho.
  • Certificado de eficiencia energética y condiciones de accesibilidad del piso y del portal.
  • Identificación registral de la finca, con cargas, gravámenes y afecciones, y la cuota de participación que figura en el título.
  • Estado de ocupación: si está vacío, si vive alguien, si hay contrato de alquiler.

También puede preguntarte por la presencia de amianto u otras sustancias peligrosas, y por la cédula de habitabilidad donde tu comunidad autónoma la exija.

La carpeta se monta antes del anuncio, no la víspera del notario.

El certificado energético va en el anuncio

No basta con tenerlo el día de la firma. Quien publique información sobre la venta de un piso —portal, valla, web propia, prensa— está obligado a incluir su calificación energética, y la etiqueta debe aparecer en toda oferta, promoción y publicidad. Cuando llegue el contrato, una copia del certificado registrado y la etiqueta se anexan al contrato de compraventa. El certificado vale como máximo diez años, salvo que la letra sea G: en ese caso, cinco.

Lee también: Los papeles que hacen falta para vender La lista completa, en orden, y cuáles tardan semanas en llegar si los pides el día antes de la notaría.

Los papeles de la comunidad

Como transmitente tendrás que declarar en la escritura que estás al corriente de los gastos generales, o decir lo que debes, y aportar una certificación que coincida con esa declaración. Pídela con tiempo: el secretario dispone de siete días naturales desde que se la solicitas. Añade por tu cuenta las actas de las últimas juntas, porque ahí salen las derramas aprobadas que todavía no se han girado y son la pregunta que hará cualquier comprador con oficio.

Lo que sí pierdes sin agencia

Tres cosas: el filtro de visitas, la costumbre de negociar y alguien que redacte las arras. Las dos primeras se aprenden. La tercera no se improvisa: el contrato de señal es el documento que fija precio, plazo y consecuencias de romperlo, y ahí un abogado o el propio notario cuestan mucho menos que un error. Que no lleves agencia no significa que lo hagas todo tú.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Fuentes: Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, artículos 30 y 31. Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, artículos 13, 15 y 17. Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, artículo 9.1.e). Textos consolidados del BOE.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.