El mercado, con datos
La letra energética de un piso y las ayudas
En un piso, la letra del certificado energético la manda el edificio, no tu cocina. Eso cambia qué obras la suben, qué mayoría hace falta en la junta y cuál de las deducciones del IRPF sigue viva, porque la mayoría ya no lo está.
Qué sube la letra y qué no
La calificación mide la demanda del inmueble y el consumo de energía primaria no renovable para calentarlo, enfriarlo y darle agua caliente. Suben letra la envolvente —fachada, cubierta, ventanas, suelo sobre local— y el equipo que produce calor y agua caliente. No la suben la nevera, la lavadora ni las bombillas.
Y ahí está la trampa del piso intermedio: la fachada y la cubierta no son tuyas. Por tu cuenta puedes cambiar ventanas y cambiar la caldera, y eso te mueve una letra con suerte. El salto grande solo llega si lo hace el edificio entero.
El certificado
Lo firma un técnico competente y hay que registrarlo en el órgano de tu comunidad autónoma: sin ese registro no tiene validez legal. Dura un máximo de diez años, salvo si la calificación es G, en cuyo caso son cinco. Renovarlo es responsabilidad del propietario.
La mayoría en la junta es más fácil de lo que parece
Las obras que mejoren la eficiencia energética acreditadas mediante el certificado del edificio, o la implantación de renovables de uso común —incluida, y esto es lo importante, la modificación de la envolvente—, junto con la solicitud de ayudas, subvenciones o préstamos, se aprueban por mayoría simple de propietarios y de cuotas. La condición: que el importe repercutido anualmente, una vez descontadas las ayudas públicas y aplicada la financiación, no supere doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Y el propietario que vota en contra queda obligado igual.
La deducción del IRPF, tal como está
Las dos deducciones por obras en la propia vivienda —el 20 % por reducir la demanda de calefacción y refrigeración y el 40 % por mejorar el consumo de energía primaria no renovable— se referían a cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2022. Están agotadas, por mucho que sigan circulando en artículos sin fecha.
Sigue viva la tercera: 60 % por obras de rehabilitación energética del edificio, para cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2027. Base máxima de 5.000 euros al año, con arrastre a los cuatro ejercicios siguientes y un tope acumulado de 15.000 euros. Hace falta un certificado del edificio posterior a la obra que acredite una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar clase A o B, y debe expedirse antes del 1 de enero de 2028.
Dos reglas que dejan fuera a mucha gente: se paga por banco —en efectivo no hay deducción— y hay que descontar lo que venga subvencionado. En obras de la comunidad, cada vecino deduce según su cuota de participación.
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Certificado antes de empezar, presupuestos por partidas, solicitud de la ayuda, obra y certificado final. Empezar antes de pedir es el error que más solicitudes tumba.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
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