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La ITE del edificio, ahora Informe de Evaluación

La ITE de toda la vida se llama hoy Informe de Evaluación del Edificio. Es el papel que dice cómo está el bloque por dentro, y el que suele venir seguido de una derrama. Antes de comprar un piso conviene saber si el edificio lo tiene y qué salió.

Qué acredita

  • El estado de conservación del edificio.
  • El cumplimiento de la normativa de accesibilidad universal, y si caben ajustes razonables para lograrla.
  • El grado de eficiencia energética, con el certificado correspondiente.

Lo encarga la comunidad a un técnico competente y, cuando se refiere a todo el edificio, extiende su eficacia a cada una de las viviendas y locales.

A quién obliga en Castilla-La Mancha

Aquí lo regula el Decreto 25/2019, de 2 de abril. Están obligados a disponer del informe los edificios con una antigüedad superior a 50 años y los catalogados o con algún tipo de protección patrimonial, con independencia de su antigüedad. El informe tiene una vigencia de diez años desde su emisión, y antes de que se cumpla hay que encargar uno nuevo.

La antigüedad se cuenta desde la terminación de las obras, acreditada con la escritura o el acta notarial de obra nueva terminada y, en su defecto, con la fecha que conste en el Registro de la Propiedad, el Catastro o los archivos municipales. Los ayuntamientos elaboran el listado de inmuebles sujetos y son quienes requieren a la propiedad si falta.

El informe se registra: se puede pedir copia al administrador.

Fuera de Castilla-La Mancha, mira tu comunidad

Y no des por buena una cifra que hayas leído en otro sitio. La ley estatal del suelo llegó a fijar el contenido y la periodicidad del informe, pero el Tribunal Constitucional anuló esos apartados en su sentencia 143/2017. Lo que queda en pie es que la Administración competente puede exigirlo. La antigüedad a partir de la cual es obligatorio y cada cuánto se renueva los fija cada comunidad autónoma y, dentro de ella, cada ayuntamiento.

Si sale desfavorable

Las obras necesarias para conservar el edificio son obligatorias y no se someten a votación: la junta se limita a repartir la derrama y a fijar los plazos de pago. Un informe desfavorable con obras pendientes es, en la práctica, una factura futura repartida por coeficientes.

Lee también: El certificado energético: obligatorio y barato Sin él no se puede ni anunciar. Qué cuesta, cuánto dura y por qué la letra importa menos de lo que crees.

Un informe caducado no es lo mismo que no tenerlo, pero acaba igual: el edificio sigue obligado y el ayuntamiento puede requerirlo en cualquier momento. Renovarlo a tiempo sale más barato que hacerlo con un requerimiento encima de la mesa.

Antes de comprar

  1. Pregunta el año de construcción. Si pasa de cincuenta, el informe toca.
  2. Pide copia del informe registrado y su fecha.
  3. Lee las deficiencias y si están subsanadas. No basta con que exista.
  4. Cruza eso con las actas: si hay obras aprobadas, hay derrama.

Un edificio con el informe hecho y las deficiencias corregidas es mejor noticia que uno sin informe. Lo segundo no significa que esté bien: significa que nadie ha mirado. Complétalo con los gastos de comunidad.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Fuentes: Decreto 25/2019, de 2 de abril, de Castilla-La Mancha, por el que se regulan el Informe de Evaluación del Edificio y su Registro (DOCM de 11 de abril de 2019), artículos 2, 6, 12 y 13; texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015), artículo 29, cuyos apartados 2 a 6 fueron anulados por la Sentencia del Tribunal Constitucional 143/2017, de 14 de diciembre; Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, artículo 10.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.